Marihuana, México hacia la legalización del autoconsumo.

 

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4 de noviembre de 2015 - La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales cinco artículos de la Ley General de Salud que prohíben a la Secretaría de Salud autorizar actos relacionados con el uso personal de marihuana con fines recreativos, como sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar dicho enervante.

Los ministros José Ramón Cossío Díaz, Olga Sánchez Cordero, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena votaron a favor del uso lúdico de la marihuana; el ministro Jorge Pardo en contra.

Además, determinaron que procede el amparo, es decir, el consumo recreativo de la droga, solamente para los integrantes de la asociación que impugnaron los artículos que prohíben el consumo lúdico de la marihuana. Sin embargo, al ser aprobado por cuatro ministros, la Corte estableció un criterio jurídico de observancia obligatoria para juzgados y tribunales federales y, de presentarse más amparos similares, se abre la puerta para que el máximo tribunal‎ emita una declaratoria de invalidez de los artículos que prohíben el consumo personal de esta droga.

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(massimo barzizza / puntodincontro.mx)