
09:59 hrs. - Por decreto del Presidente de la República Italiana del 31 de marzo de 2025, publicado en la Gazzetta Ufficiale, se fijó para los días 8 y 9 de junio de 2025 la fecha de los referendos abrogativos de conformidad con el art. 75 de la Constitución.
De conformidad con la Ley del 27 de diciembre de 2001, n. 459, los ciudadanos italianos residentes en el extranjero, inscritos en las listas electorales, pueden votar por correo, recibiendo el paquete electoral en su dirección de residencia. Para tal efecto, se recomienda verificar y regularizar sus datos personales y domicilio en la oficina consular competente, preferiblemente utilizando el portal de servicios consulares en línea Fast It.
Como alternativa al voto por correspondencia, los electores inscritos en el A.I.R.E. pueden optar por votar en Italia en su propio municipio de registro electoral, comunicando su elección (opción) por escrito al Consulado a más tardar el décimo día siguiente al anuncio del voto. Los electores que decidan votar en Italia con motivo del próximo referéndum recibirán de sus respectivos municipios italianos la notificación-tarjeta postal para votar en los centros de votación en Italia. La elección (opción) de votar en Italia es válida sólo para el referéndum patra el que se expresa.
Se reitera que en todo caso la opción deberá llegar a la Oficina Consular a más tardar el décimo día después de la fecha de la convocatoria a la votación, o bien a más tardar el 10 de abril de 2025. Esta comunicación podrá redactarse en papel simple y –para su validez– deberá contener nombre, apellidos, fecha y lugar de nacimiento, lugar de residencia y firma del elector, acompañada de copia de un documento de identidad vigente del declarante.
El formulario, debidamente cumplimentado, firmado y acompañado de un documento de identidad, podrá entregarse/enviarse:
- a mano: Embajada de Italia en la Ciudad de México – Paseo de las Palmas 1994 (Lunes a jueves, 9:00 a 13:00 horas)
- por correo: Embajada de Italia en la Ciudad de México – Paseo de las Palmas 1994, CP 11000
- por correo electrónico ordinario: consolare.messico@esteri.it
- por correo electrónico certificado: amb.cittadelmessico@cert.esteri.it
Según lo exige la legislación vigente, los electores serán responsables de verificar que la comunicación de la opción enviada por correo haya sido recibida a tiempo por su Oficina Consular. Las solicitudes recibidas después de la fecha límite indicada anteriormente no serán consideradas válidas.
La elección de votar en Italia puede ser revocada posteriormente mediante comunicación escrita que deberá enviarse o entregarse a la Oficina Consular utilizando las mismas modalidades y en la misma fecha prevista para el ejercicio de la opción.
Si el elector decide regresar a Italia para votar, la ley no prevé ningún tipo de reembolso de los gastos de viaje, sino sólo concesiones tarifarias dentro del territorio italiano.
Las 5 preguntas
Para ser válidos, los referendos abrogativos deben superar un quórum del 50% más uno del cuerpo electoral. Esto es lo que hay que saber:
La pregunta n.º 1 dice: «¿Quiere la derogación del Decreto legislativo del 4 de marzo de 2015, n. 23, que contiene 'Disposiciones relativas a los contratos de trabajo indefinidos con protecciones crecientes, en aplicación de la Ley del 10 de diciembre de 2014, n. 183' en su totalidad?».
El objetivo de la pregunta del referéndum es derogar las normas sobre despidos en el contrato de protección creciente de la Ley de Empleo. La legislación vigente establece que, en las empresas de más de 15 trabajadores, los trabajadores contratados a partir del 7 de marzo de 2015 no pueden reincorporarse a su puesto de trabajo tras un despido improcedente.
La pregunta nº 2 establece: «¿Se desea la derogación del artículo 8 de la Ley del 15 de julio de 1966, número 604, que contiene “Reglas sobre despidos individuales”, sustituidas por el art. 2, apartado 3, de la Ley del 11 de mayo de 1990, número 108, limitado a las palabras: “compreso tra un” y las palabras “ed un massimo di 6” y las palabras “La misura massima della predetta indennità può essere maggiorata fino a 10 mensilità per il prestatore di lavoro con anzianità superiore ai dieci anni e fino a 14 mensilità per il prestatore di lavoro con anzianità superiore ai venti anni, se dipendenti da datore di lavoro che occupa più di quindici prestatori di lavoro””?”.
El objetivo es eliminar el tope a las indemnizaciones por despido en las pequeñas empresas: en aquellas con menos de 16 empleados, en caso de despido improcedente, un trabajador puede obtener actualmente un máximo de 6 meses de indemnización, incluso si un juez considera improcedente la terminación de la relación laboral. El objetivo es aumentar la protección de los trabajadores eliminando el límite máximo de seis meses de salario por indemnización en caso de despido injustificado, para que el juez pueda determinar la indemnización justa sin límite alguno.
La pregunta nº 3 establece: «¿Se desea la derogación del artículo 19 del decreto legislativo del 15 de junio de 2015, n. 81, que contiene la “Disciplina orgánica de los contratos de trabajo y revisión de la legislación sobre deberes, de conformidad con el artículo 1, apartado 7, de la Ley n.º 183 del 10 de diciembre de 2014”, apartado 1, limitado a las palabras “non superiore a dodici mesi. Il contratto può avere una durata superiore, ma comunque”, las palabras “in presenza di almeno una delle seguenti condizioni”, las palabras “in assenza delle previsioni di cui alla lettera a), nei contratti collettivi applicati in azienda, e comunque entro il 31 dicembre 2025, per esigenze di natura tecnica, organizzativa e produttiva individuate dalle parti;”; párrafo 1-bis, limitado a las palabras “di durata superiore a dodici mesi” y las palabras “dalla data di superamento del termine di dodici mesi”; párrafo 4, limitado a las palabras “,in caso di rinnovo,” y las palabras “solo quando il termine complessivo eccede i dodici mesi”; artículo 21, numeral 01, limitado a las palabras “liberamente nei primi dodici mesi e, successivamente,”?».
De aprobarse, la pregunta del referéndum pretende ampliar nuevamente la obligación de proporcionar una justificación para los contratos (y relaciones) de trabajo cuya duración sea inferior a 12 meses y excluir la facultad de las partes de identificar justificaciones para la estipulación (o extensión o renovación) de dichos contratos.
La pregunta nº 4 dice: «¿Quiere la derogación del art. 26, apartado 4, del Decreto Legislativo del 9 de abril de 2008, n. 81, que contiene “Aplicación del artículo 1 de la Ley Nº 123 de 3 del agosto de 2007, relativa a la protección de la salud y seguridad en el trabajo”, modificado por el art. 16 del decreto legislativo del 3 de agosto de 2009 n. 106, del art. 32 del Decreto Legislativo 21 de junio de 2013, n. 69, convertida con modificaciones por ley el 9 de agosto de 2013, n. 98, así como por el art. 13 del Decreto Legislativo del 21 de octubre de 2021, n. 146, convertida con modificaciones por ley del 17 de diciembre de 2021, n. 215, limitado a las palabras "Le disposizioni del presente comma non si applicano ai danni conseguenza dei rischi specifici propri dell’attività delle imprese appaltatrici o subappaltatrici?».
El objetivo de la cuarta pregunta es intervenir en el ámbito de la seguridad en el trabajo. La ley actual, tal y como está redactada, establece la responsabilidad solidaria del empresario cliente con el contratista y cada uno de los subcontratistas "por todos los daños por los cuales el trabajador, empleado por el contratista o el subcontratista, no sea indemnizado por el Instituto Nacional de Seguro de Accidentes de Trabajo (INAIL) o el Instituto de Seguridad Social del Sector Marítimo (IPSEMA)". En caso de resultado favorable del referéndum, el cliente sería responsable y tendría que indemnizar por los daños sufridos por el trabajador incluso si surgen de riesgos específicos del contratista o subcontratista.
La pregunta nº 5 establece: «¿Se desea derogar el artículo 9, apartado 1, letra b), limitado a las palabras “adottato da cittadino italiano” y “successivamente alla adozione”; así como la letra f), que contiene la siguiente previsión: “f) al extranjero que haya residido legalmente durante al menos diez años en el territorio de la República.”, de la Ley del 5 de febrero de 1992, número 91, que contiene nuevas reglas sobre la ciudadanía?».
El objetivo es reducir de 10 a 5 años el período de residencia legal en Italia requerido para solicitar la ciudadanía italiana, extendiendo automáticamente este derecho a los hijos menores de los solicitantes. La propuesta tiene como objetivo facilitar la integración de los ciudadanos extranjeros que residen permanentemente en Italia, reconociendo su contribución a la sociedad local.
Imagen: comune.zagarolo.rm.it