Italia, inconstitucional negar el permiso de residencia por delitos menores

Italia, incostituzionale denegare il permesso di soggiorno per reati lievi / Foto di Tingey Injury Law Firm su Unsplash

13:00 hrs. - En Italia, la solicitud de renovación del permiso de residencia por motivos de trabajo no puede rechazarse automáticamente en caso de condena del extranjero por algunos delitos menores.

La decisión sobre la renovación corresponde al questore, quien deberá evaluar la peligrosidad social del solicitante antes de denegar el permiso.

Así lo estableció la Corte Constitucional con una sentencia (de la ministra María Rosaria San Giorgio), presentada hoy, que declaró la ilegitimidad constitucional de algunos artículos del decreto legislativo 286 de 1998 (disposiciones relativas a la regulación de la inmigración) en la parte en que incluyen, entre los supuestos de penas que impidan de oficio la renovación de la autorización de residencia por trabajo, también las correspondientes al delito de narcomenudeo y venta de mercadería falsificada, sin prever que la autoridad competente verifique concretamente la peligrosidad social del solicitante.

Las cuestiones de constitucionalidad, informa la Corte, habían sido planteadas por el Consejo de Estado en el marco de dos sentencias derivadas de recursos interpuestos por extranjeros, cuya solicitud de renovación del permiso de residencia por motivos de trabajo había sido rechazada debido a las condenas por algunos de los delitos antes mencionados. En la exposición de motivos, el Tribunal aclaró —en línea con diversas sentencias y en consonancia con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos— que el legislador «sí tiene amplia discrecionalidad para regular la entrada y estancia de extranjeros en el territorio nacional, sin embargo dentro del límite de un equilibrio razonable y proporcionado de los derechos e intereses involucrados».

Dado el carácter leve de los delitos considerados (en un caso, la posesión ilícita de 19 gramos y la cesión de 1.5 gramos de hachís, en otro la venta de productos con signos falsos), la denegación automática fue considerada «manifiestamente irrazonable, desde varios puntos de vista: tanto porque, por las propias sentencias, en el marco de la regulación de la aparición del trabajo irregular, dirigidas a la misma finalidad que la expedición del permiso de residencia, ésta no queda automáticamente excluida, sino que implica una valoración concreta de la peligrosidad del extranjero; tanto porque el automatismo de la negativa, referido a extranjeros ya regularmente presentes en el territorio nacional (y que han iniciado un proceso de integración social), se contrapone al principio de proporcionalidad, tal como lo declina la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos».

Por lo tanto, observó la Corte, puede ocurrir que la sentencia, en los casos considerados, no esté en condiciones de dar lugar a un juicio de peligro presente referido a la persona del reo, lo anterior por diversas razones: la entidad menor y las circunstancias de hecho, el tiempo transcurrido desde su comisión, el nivel de integración social alcanzado entretanto. Consecuentemente, es necesario que, al examinar la solicitud de renovación del permiso de residencia, la autoridad administrativa, señala la sentencia, «aprecie estos elementos, con el fin de evitar que su valoración se traduzca en un juicio abstracto y, por tanto, únicamente en perjuicio de los derechos garantizada por el artículo 8 del TEDH».

La Corte también subrayó que «el interés del Estado en la seguridad y el orden público no se ve afectado por la sola circunstancia de que la autoridad administrativa competente opere, ante una condena por los delitos de que se trata, una valoración concreta de la situación personal del interesado, sujeta a su vez a la posible revisión de legitimidad por parte del juez» (ANSA).

Foto de Tingey Injury Law Firm en Unsplash

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